Fempinra - Nota Ministro Mario Meoni
 

Fempinra - Nota Ministro Mario Meoni

Fempinra 20-02-2020 puertos
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Buenos Aires, 18 de febrero de 2020.-

Señor Ministro Mario Meoni
Ministerio de Transporte
Su Despacho
De nuestra mayor consideración:

En nuestro carácter de integrantes del Consejo Directivo Nacional de la Federación Marítima, Portuaria y de la Industria Naval de la República Argentina, Personería Gremial N° 1693, con sede en la calle Combate de los Pozos 235 de esta Ciudad, en el marco de las competencias estableci-das por el art. 23 del Decreto 7/2019 (DECFO-2019-7-APN-SLYT), nos dirigimos para solicitarle la adopción de me-didas concretas de protección, a fin de preservar eficazmente la fuente laboral de los trabajadores del Puerto de la Ciudad de Buenos Aires.

Tras el proceso privatizador que tuvo comienzo a principios de la década de los años ´90, la operación comercial del Puerto de la Ciudad de Buenos Aires es desarrollada por quie-nes hoy resultan los actuales concesionarios Terminales Río de la Plata S.A.; Terminal 4 S.A. y Buenos Aires Con-tainer Terminal Services S.A., cuya actividad es acompañada también por la de sus respectivas contratistas. Todas ellas compiten fuertemente -e inclusive- lo hacen con la firma Exolgan S.A. que desarrolla idéntica actividad co-mercial, pero en el ámbito del Puerto de Dock Sud. Con el paso del tiempo y a través de la inversión que ha veni-do siendo aplicada, puede observarse un marcado mejoramiento de todas las áreas e instalaciones encomenda-das, hecho éste que sin duda contribuye a la formación de empleos seguros y de calidad.

Pero pese a ello, advertimos también que median dos problemas centrales que deben ser resueltos sin mucha demora, puesto que la falta de adecuada resolución provoca un profundo estado de incertidumbre respecto del colectivo de trabajadores, que con nuestro esfuerzo cotidiano sostenemos la actividad en aras del desarrollo económico de nuestro país.

El primero se relaciona con la planificación de un proyecto que sólo contemple a un único concesionario en la actividad, porque es evidente que ello pondría en riesgo cierto (y no meramente conjetural) la totalidad de los puestos del personal que orgullosamente representan todas las or-ganizaciones gremiales que integra nuestra Federación. El segundo de ellos refiere a la falta de respuesta a los reclamos de adopción de medidas que eviten todo tipo de concentración económica vertical –por parte de las autoridades-, susceptible de ocasionar un impacto negativo en la actividad.

Pero para una mejor comprensión de nuestra preocupación (que deriva del extremo de todo tipo de concentración económica), entendemos oportuno señalar que ese proceso se enmarca hoy en la operación global existente entre Maersk y Hamburg Sud. Ello, con más el Acuerdo 2M (que involucra al grupo MSC y ahora Hapag Lloyd), cuyo impacto resulta innegable sobre la actividad de los Puertos de Buenos Aires y Dock Sud. Si a ello sumamos la extensión de la integración de las terminales portuarias, la conmo-ción se potencia y eso es lo que justamente ocurre en los casos de MSC y de Maersk. De este modo, los trabaja-dores observamos con fundado temor que los gigantes operadores de carga y los propietarios y/o controlantes de las terminales portuarias excluyen a las competidoras, poniendo en grave peligro la continuidad de fuente laboral y la consiguiente sustentabilidad de miles de familias.

La dinámica actual, producto de tales concentraciones, viene alte-rando el volumen operado por las terminales del Puerto de Buenos Aires y de Dock Sud y las empresas segre-gadas han intentado cortar el hilo por lo más delgado: la fuente de trabajo de toda la comunidad portuaria. Desde nuestra posición, hemos sostenido una férrea batalla en defensa del trabajo, de sus condiciones y del sala-rio; es decir, todos derechos humanos fundamentales, cuya defensa debe ser irrestricta. Por esa razón, dada la complejidad de factores, es fundamental la avocación y la urgente actuación del Estado Nacional, en forma arti-culada y a través de sus diferentes áreas.

En cuanto al primer problema descripto ut supra: la realidad de los hechos es que el Decreto 870/18, que dispuso la licitación para el Puerto Nuevo de Buenos Aires, fue oportu-namente denunciado y cuestionado por diversos sectores -entre los que nos incluimos-, deviniendo en un para-digmático modelo inspirado en la defensa del capital, en detrimento de la fuerza de trabajo. Sin duda, entende-mos que dicha norma -así como el proceso que la misma pretendió iniciar- será dejada sin efecto por las auto-ridades nacionales puesto que la misma no resiste ningún criterio de razonabilidad y conveniencia.

Pero el segundo problema adquiere ahora un tono de gravedad a partir de la posibilidad de que un barco que hoy opera en una de las terminales del Pto. de Bs. As. (Terminales Río de la Plata) deje de hacerlo y pase a ser operada en Terminal 4 SA, de un modo semejante a lo ocurrido en el año 2018 y que llevó a un conflicto de público conocimiento a partir del pedido de un Preventivo de Crisis y la amena-za de casi 200 despidos. Esta última situación descripta tuvo símbolo de la lucha y la resistencia de los trabajado-res a la que se conoció públicamente como “Carpa de la Dignidad Portuaria” y se mantuvo en la entrada de TRP durante 42 días. Queremos anticiparnos a un nuevo conflicto de este tenor y -tal como lo exigimos en ese mo-mento- volvemos a requerir que (debido el grado de complejidad en que se encuentra el Puerto por la incerti-dumbre respecto de la licitación) sea resguarda la “foto” actual (o statu quo), ya que un movimiento de cargas de una a otra terminal puede generar una pérdida incalculable (e irreparable) de fuentes directas e indirectas de trabajo.

En este escenario nos ponemos a entera disposición de todas las autoridades del Poder Ejecutivo Nacional, requi-riendo la intervención de esta cartera para cautelar las fuentes de trabajo y las condiciones salariales y de presta-ción, las cuales que constituyen objetivo prioritario de toda nuestra actividad gremial. Por otra parte, señalamos también, que no obstante el transcurso de los plazos, se encuentra pendiente de resolución por ante la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia CDNC, el expediente caratulado IM 7 – “Terminales Río de la Plata S.A. s/ Intervención art. 20 incs. c) y d) de la Ley 25156, Expte. 2017-24999709-APN-DDYME#MP, entendiendo que su expedición resulta de vital importancia para evitar las consecuencias que atentarían lesivamente los derechos que defendemos.

Sin otro particular, saludan a Usted muy atentamente y reiterando a Usted nuestra disposición,

JUAN CARLOS SCHMID SECRETARIO GENERAL FeMPINRA

RAÚL HUERTA SECRETARIO GENERAL AAEMM

RAÚL ALBERTO LIZARRAGA SECRETARIO GENERAL S.E.A.M.A.R.A.

ROBERTO CORIA SECRETARIO GENERAL SGyMGMRA

OSVALDO GIANCASPRO SECRETARIO ADJUNTO SCEP

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