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Cazador de Noticas 31-10-2025 Con los votos del PRO, la UCR y la Coalición Cívica, el Concejo Deliberante aprobó por dos años, con opción a una prórroga por otros dos, el contrato con la empresa Transportes 9 de Julio , enmarcada en la declaración de la Emergencia Económico-Financiera del servicio.
La Libertad Avanza se abstuvo y los bloques opositores de Unión por la Patria, Acción Marplatense y Frente Renovador, votaron en contra.
Durante el debate, la edil de Acción Marplatense Eva Ayala sostuvo que la decisión está inscripta “en una política general de hacer lo menos posible, improvisar y desatender los desafíos del mediano y largo plazo”. Y agregó: “Podríamos estar votando una licitación seria, transparente, modernizadora, que le asegure certidumbre a los trabajadores, que permita brindarle seguridad a la empresa y tranquilidad a los vecinos”.
Recalcó que “la prórroga no va a traer ningún tipo de certezas, no va a dar previsibilidad a ningún actor interesado en este contrato”.
Asimismo, adujo que no estaban dadas las condiciones establecidas en la doctrina para declarar la emergencia. “No hay un hecho inesperado, hay desidia planificada. No hay una emergencia real, esto es una emergencia ficcional”, criticó.
Por su parte, la concejal de Unión por la Patria Valeria Crespo (UP) recordó que el pliego vigente ya concedía la posibilidad de prolongar el contrato por 90 días una vez concluidos los dos años de prórroga. Añadió que, tras el reclamo indemnizatorio del sindicato, “se desvirtuaron las responsabilidades, abriendo un muy mal precedente”.
“La pregunta central es si la terminación de un contrato por vencimiento de plazo altera la ecuación económica financiera. La respuesta es no”, cuestionó. Y recordó la “cláusula de indemnidad” que figura en el pliego, según la cual “la empresa deberá mantener indemne a la Municipalidad por cualquier reclamo, acción judicial, demanda, daño o responsabilidad de cualquier tipo o naturaleza”, incluidos los indemnizatorios.
Advirtió, además, que la prórroga por dos años “excede el plazo establecido en la Ley Orgánica de las Municipalidades (LOM)” y la Municipalidad “no hizo valer” la cláusula de indemnidad.
“Hay negligencia por parte del intendente Montenegro al no elevar el nuevo pliego con la debida anticipación”, concluyó sentenciando. |
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