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El gobernador Alberto Weretilneck promulgó el 4 de septiembre, por el Decreto 833/26, la Ley 5883, que crea el Ente Regulador de Servicios y Concesiones (ERSeC). El texto se publicó en el Boletín Oficial Nº 6523 del 7 de septiembre. El organismo tendrá a su cargo la regulación, fiscalización y control de los servicios comprendidos en el Marco Regulatorio Eléctrico (Ley J 2902) y en el marco del servicio de agua potable y desagües cloacales (Ley J 3183), y el Ejecutivo podrá incorporarle otros servicios o actividades. La ley fija 90 días desde la promulgación para la reglamentación y otros 90, desde entonces, para que el ente empiece a funcionar con su directorio conformado.
Con la sanción del 3 de septiembre, la Legislatura aprobó la norma en general y en particular por 29 votos contra 12. Votaron en contra José Berros, Luciano Delgado Sempé, Leandro García, Marcela González Abdala, Santiago Ibarrolaza, Martina Lacour, María Alejandra Mas, Magdalena Odarda, Gabriela Picotti, Carmelio Pilquinao, Daniel Sanguinetti y Ayelén Spósito. Claudio Doctorovich estaba fuera del recinto, y Daniel Belloso, César Domínguez, María Mc Kidd y Natalia Reynoso figuran como ausentes.
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Según el artículo 2, la función del ERSeC incluye dictar normativa regulatoria, fijar tarifas, controlar y sancionar, proteger los derechos de las personas usuarias y resolver conflictos entre las partes. Entre sus competencias figuran aprobar cuadros tarifarios, resolver reclamos por deficiencias del servicio o fallas de facturación y, con autorización del Ejecutivo, intervenir de forma cautelar un servicio cuando se afecte "en forma grave y urgente" la prestación, la salud o el ambiente. El comunicado oficial aclara que el ente no prestará los servicios, sino que controlará que las empresas y organismos responsables los brinden según la normativa. La secretaria de Energía y Ambiente, Andrea Confini, definió como objetivo "que el Estado esté más cerca de cada rionegrino cuando necesita una respuesta".
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El proyecto se aprobó en la Legislatura de Río Negro.
El proyecto se aprobó en la Legislatura de Río Negro.
Un directorio de tres miembros designado por el Ejecutivo
La conducción estará a cargo de un directorio de tres personas (presidencia, vicepresidencia y vocalía), que el Poder Ejecutivo designará entre quienes acrediten antecedentes en el sector. Los mandatos duran cuatro años y pueden renovarse en forma indefinida, y la remoción procede por acto fundado del Ejecutivo. La ley prohíbe a los directores tener interés en empresas vinculadas a los servicios regulados y otorga al ente autarquía, bajo control del Tribunal de Cuentas. Su personal se regirá por la Ley de Contrato de Trabajo. Los recursos saldrán principalmente de una tasa de inspección y control anual que pagarán los prestadores, calculada en proporción a sus ingresos brutos del año anterior.
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En el debate, Juan Murillo (PRO–Unión Republicana) acompañó la unificación, pero objetó que los tres directores los nombre solo el Ejecutivo y con reelección indefinida; pidió que requieran acuerdo legislativo y que el mandato se limite a una reelección. Delgado Sempé reclamó sumar representantes de los usuarios al directorio y sedes presenciales en cada municipio, mientras que Odarda sostuvo que se ignoró el pedido de prórroga de cámaras y entidades como la CAIC de General Roca. Sanguinetti calificó la iniciativa como una "ley exprés", y el presidente del bloque oficialista, Facundo López, respondió que la designación directa replica el modelo que rigió en el EPRE. El texto promulgado conserva la designación por el Ejecutivo y los mandatos renovables sin límite.
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La transición ocupa el título final de la ley. El EPRE se disuelve a partir del inicio de funcionamiento del ERSeC, que recibe su personal, bienes, presupuesto y patrimonio y actuará como su liquidador. Hasta entonces, el Departamento Provincial de Aguas (DPA) sigue ejerciendo el control de los servicios de agua y cloacas, y conserva su carácter de autoridad hídrica para las normas sobre recursos hídricos, efluentes y vuelcos. Según el Gobierno, esas funciones del DPA pasarán al nuevo ente de acuerdo con los plazos que fije la reglamentación. Ese decreto reglamentario, que el Ejecutivo debe dictar dentro de los 90 días posteriores al 4 de septiembre, es el próximo paso formal. También deberá definir los procedimientos de consulta y audiencia pública que la ley deja a cargo del propio ente. |