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Capital 24 27-01-2026 El fallo ratificó que la apelación del organismo deberá tramitar con “efecto devolutivo”, lo que implica que la orden judicial continuará vigente y deberá ejecutarse de manera inmediata hasta tanto se resuelva el fondo del asunto.
La resolución fue emitida durante la feria judicial por la Sala de Feria del tribunal de alzada, integrada por los jueces César Álvarez y Jorge Eduardo Di Lorenzo, quienes desestimaron una queja presentada por ACUMAR contra una resolución del Juzgado Federal en lo Civil, Comercial y Contencioso Administrativo N° 3 de Lomas de Zamora, a cargo de Juan Pablo Augé.
En ese resolutorio, el magistrado había hecho lugar a una cautelar “innovativa” solicitada por residentes de la zona, ordenando la provisión de camiones atmosféricos y desobstructores para atender una situación que se describió como urgente y con potenciales consecuencias nocivas para la salud.
La acción de amparo ambiental colectivo, con pedido de cautelar, fue presentada el 29 de diciembre del año pasado por vecinos de distintos barrios del Conurbano Sur atravesados por problemas sistémicos de saneamiento.
Los demandantes detallaron desbordes cloacales reiterados, pozos ciegos colapsados, acumulación de líquidos servidos en la vía pública y la presencia constante de aguas contaminadas en cercanías de viviendas, escuelas y espacios comunes. |
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