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Energías 360 04-05-2026 La Secretaría de Energía modificó la normativa técnica que regula depósitos de microgarrafas, garrafas, cilindros e instalaciones de Gas Licuado de Petróleo. Según manifiestan la medida busca acompañar el crecimiento del sector, cubrir vacíos regulatorios y reforzar criterios de seguridad pública.
La Secretaría de Energía de la Nación actualizó las normas técnicas y de seguridad para instalaciones vinculadas al Gas Licuado de Petróleo (GLP), un insumo clave para hogares, comercios, industrias y actividades productivas que no siempre cuentan con acceso directo a la red de gas natural.
La medida fue oficializada mediante la Resolución 103/2026, publicada en el Boletín Oficial, y modifica anexos de la Resolución 1097/2015, que regulaba la instalación, funcionamiento e inspección de depósitos de envases de microgarrafas, garrafas y cilindros de hasta 45 kilos de capacidad.
Aunque se trata de una norma de fuerte contenido técnico, su impacto es concreto: apunta a ordenar las condiciones de seguridad en depósitos, centros de distribución, instalaciones de consumo e infraestructura vinculada al GLP, un combustible ampliamente utilizado en zonas sin conexión a redes de gas, establecimientos productivos, comercios, industrias y consumos rurales.
El GLP es el combustible que se utiliza habitualmente en garrafas, cilindros y tanques a granel. Por eso, la regulación de su almacenamiento, transporte, distribución e instalación resulta central para reducir riesgos, evitar accidentes y garantizar que las operaciones se realicen bajo estándares técnicos adecuados.
Según la resolución, la Ley 26.020 establece el régimen regulatorio de la industria y comercialización del GLP, con el objetivo de incentivar la eficiencia del sector y garantizar la seguridad en todas las etapas de la actividad. La norma también recuerda que los operadores están obligados a mantener equipos, instalaciones, envases y demás activos en condiciones que no representen riesgos para la seguridad pública.
Uno de los puntos centrales de la actualización es que la normativa anterior había quedado limitada frente al crecimiento de la industria. La Secretaría de Energía señaló que en la última década el sector del GLP registró una expansión que hizo necesario revisar las reglas vigentes para depósitos e instalaciones a granel.
La resolución reemplaza el anexo referido a las normas técnicas para depósitos de microgarrafas, garrafas y cilindros de hasta 45 kilos, incluyendo también las condiciones para distribuidores que operan con envases llenos o vacíos y que superan una capacidad total de almacenamiento de 1.000 kilos.
También sustituye el anexo aplicable a instalaciones y recipientes para contener GLP a granel. Hasta ahora, la regulación estaba centrada en capacidades individuales de almacenamiento de entre 0,454 m³ y 7,6 m³, pero la nueva disposición busca ampliar el marco normativo para instalaciones de mayor escala.
Ese punto es relevante porque la propia Secretaría de Energía reconoció la existencia de un vacío normativo para instalaciones de consumo de GLP a granel con tanques de capacidad superior a 7,6 m³. Con la actualización, el Gobierno nacional busca establecer criterios técnicos para todas las capacidades de recipientes, tomando como referencia lineamientos de seguridad de la norma NFPA 58, vinculada al Código del Gas Licuado de Petróleo.
En la práctica, esto significa que las instalaciones de mayor porte deberán observar criterios más claros sobre distancias mínimas de seguridad, condiciones de instalación, operación y uso de recipientes. La actualización no apunta solamente a nuevos proyectos, sino también a ordenar un sistema que creció y que requiere reglas acordes a la escala actual del mercado.
La norma también establece que las instalaciones de GLP a granel existentes al momento de entrada en vigencia de la resolución serán consideradas válidas hasta su modificación, vencimiento o baja. Es decir, no se plantea una caducidad inmediata, pero sí un nuevo marco para futuras adecuaciones, renovaciones o modificaciones.
Para provincias extensas como Río Negro, el tema tiene una importancia particular. El GLP sigue siendo una alternativa energética fundamental en lugares donde la red de gas natural no llega o donde se requieren soluciones específicas para consumos productivos, comerciales o industriales. En ese contexto, la seguridad de depósitos, envases e instalaciones no es un asunto menor: forma parte de la infraestructura cotidiana que permite sostener actividad económica y abastecimiento energético.
La actualización también debe leerse dentro de un proceso más amplio de ordenamiento regulatorio del sistema energético. Mientras el debate público suele concentrarse en tarifas, producción de gas, transporte o grandes obras, el GLP ocupa un lugar silencioso pero estratégico en la vida diaria de miles de usuarios y en la operatoria de numerosos sectores productivos.
El desafío, hacia adelante, será que la actualización normativa no quede solo en el plano administrativo. Para que tenga impacto real, deberá traducirse en fiscalización, controles, adecuación técnica y cumplimiento por parte de los operadores involucrados en la cadena del GLP.
Con esta resolución, Energía busca modernizar reglas que tenían más de una década, incorporar criterios técnicos actualizados y cubrir zonas grises que habían quedado expuestas por el crecimiento del sector. En términos simples: más que una medida tarifaria, se trata de una decisión orientada a reforzar la seguridad operativa de un combustible que sigue siendo clave para hogares, comercios, industrias y actividades productivas fuera de la red tradicional de gas natural. |
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